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El Club Deportivo Elemental Chamberí de Madrid, es un club joven pero con un ambicioso proyecto y muchas ganas de superarse cada temporada. Esto nos ha llevado a emprender, desde el año 2015, esta andadura deportiva en el distrito de Chamberí, ofreciendo una alternativa deportiva de calidad con un equipo de profesionales que trabaja día a día para formar a todos sus futbolistas a nivel deportivo, sin descuidar los valores que son pilares del Club como el respeto y el esfuerzo.
Este Código es un elemento más, dentro de la cultura de cumplimiento que está promoviendo este Club. Asimismo, se han desarrollado una normativa interna, un régimen disciplinario y un protocolo contra el acoso, con la finalidad de dotar al Club de una base normativa que mejore su funcionamiento y de mayor seguridad a todos aquellas personas que forma parte de esta familia deportiva.
No se tolerarán represalias de cualquier tipo contra las personas que denuncien una práctica ilegal, infracción o incumplimiento del presente código y demás normativa del Club, salvo que la investigación interna determine que la denuncia es falsa o que se ha realizado con temerario desprecio hacia la verdad, mala fe o abuso de derecho.
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL CÓDIGO ÉTICO
El ámbito de aplicación de este Protocolo incluye al personal de Administración, a los entrenadores y monitores voluntarios, a los deportistas, a los socios, a los abonados y a los familiares de los deportistas.
Cualquier persona que forme parte del Club sean deportistas o asociados, deberá respetar la dignidad de los futbolistas, plantilla y demás personas que presten servicios en el Club, evitando cometer conductas constitutivas de acoso sexual, sexista por orientación sexual o identidad de género, así como bullying o trato discriminatorio.
El objetivo final es crear un entorno seguridad y valores éticos, asegurando un ambiente exento de riesgos para la salud física y psicológica.
3. PRINCIPIOS Y VALORES DEL CLUB
Los valores que dirigen la actividad del Club son la integridad, el respeto, el juego limpio, el rechazo a cualquier modalidad de violencia, discriminación, racismo, xenofobia o intolerancia en el deporte.
Las personas sujetas al presente código ético están obligados a llevar a cabo su actividad profesional con total transparencia e integridad, cumpliendo los siguientes criterios:
El Club rechaza cualquier modalidad de corrupción como, por ejemplo: amaños de partidos, sobornos, apuestas ilegales, o cualquier otra actividad que suponga un comportamiento deshonesto. El objetivo es erradicar este tipo de conductas que perjudican la imagen del deporte y crea rechazo en la sociedad.
Por ello, el Club sólo aceptará obsequios u otros beneficios, siempre que:
El soborno puede adoptar múltiples formas como, por ejemplo: pagos de comisiones no justificadas, comisiones ilegales o excesivas, ofrecimiento o promesas de puestos de trabajos, etc.
2. Tolerancia cero con la violencia, discriminación, acoso, racismo, xenofobia e intolerancia en el deporte.
Para el Club la base del deporte está en el respeto, la diversidad, la integración intercultural y la igualdad entre personas. Por eso manifestamos un firme rechazo a cualquier tipo de violencia o manifestación de la misma. No se tolerará manifestación alguna, ya sea física o verbal, por razón de raza, etnia, religión o sexo.
El Club se opone a cualquier manifestación de intolerancia de cualquier naturaleza, como por ejemplo un grito o cántico que insulte o veje a personas, clubes o instituciones.
Todos los directivos, empleados y entrenadores del Club se comprometen a evitar el uso de lenguaje sexista y a tratar de usar un lenguaje inclusivo, con el objetivo de crear ambientes de respeto e igualdad.
3. Juego limpio e integridad en las actuaciones.
Todas las actuaciones de los miembros del Club deberán estar presididas por un comportamiento basado en la buena fe y honestidad.
En todo momento mostrarán un comportamiento respetuoso en el desarrollo de las actividades deportivas, con especial respeto a la normativa deportiva y a todas las personas que en este ámbito desarrollan sus funciones como deportistas, entrenadores, árbitros, abonados, etc.
Por ello, el Club promoverá los valores del fútbol dentro y fueras del terreno de juego.
4. Intimidad, protección de datos e información confidencial.
Todos los datos de carácter personal facilitados al Club actuando como Responsable de Tratamiento quedaran mantenidos bajo su responsabilidad. La principal finalidad de dicho tratamiento es la gestión de los usuarios registrados en nuestra web, así como el envío de información y publicidad relativa a las actividades del Club.
El Club asegura la confidencialidad de los datos aportados y garantiza que, en ningún caso, serán cedidos para ningún otro uso sin mediar consentimiento previo y expreso de nuestros usuarios. Sólo le pediremos aquellos datos necesarios para la prestación del servicio requerido y únicamente serán empleados para este fin.
El usuario debe comunicar al Club cualquier modificación en los datos de carácter personal para la correcta gestión y calidad del servicio y de los datos tratados, en especial los referentes a los datos de contacto, como el domicilio, nombre, email, teléfono, etc.
Todo el personal vinculado directamente con el Club se abstendrá de utilizar en beneficio propio cualquier tipo de información o documentos obtenidos en el ejercicio de sus tareas o funciones, manteniendo una absoluta confidencialidad sobre los mismos. En caso de filtraciones se aplicarán las sanciones y medidas correctivas necesarias según la gravedad.
5. Profesionalidad en el desarrollo de las actividades profesionales.
El Club como entidad y sus Administradores y Empleados basarán sus relaciones internas y con terceras personas, en la ética, la profesionalidad y la transparencia, siguiendo las siguientes pautas:
6. Prevención blanqueo de capitales.
El Club está comprometido con la legislación en materia de prevención del blanqueo de capitales y por ello, rechaza cualquier transferencia, adquisición y utilización de bienes a sabiendas de que proceden de una actividad delictivas.
Los miembros de la Junta Directiva y demás personal vinculado al Club deberán prestar especial atención a aquellos casos en los que pudiera existir indicio de falta de integridad de las personas o entidades con las que se mantiene relaciones económicas.
4. FORMACIÓN
El Club apuesta por la formación continua de sus empleados, voluntarios y colaboradores, fomentando el acceso a programas de formación a todos ellos en función de la categoría profesional y la naturaleza del trabajo que desempeñan.
5. PUBLICIDAD DEL CÓDIGO y CANAL ÉTICO
El Club se compromete a difundir e informar de la existencia del protocolo, así como la difusión de los procedimientos a todas las personas que puedan verse afectadas por el mismo.
Todas las personas vinculadas al club (entrenadores, futbolistas, directiva, socios, etc.) tienen el deber de notificar cualquiera noticia relacionada con la comisión de una irregularidad o incumplimiento del presente código. A tal efecto, se ha creado un canal de denuncias para su recepción y gestión de manera confidencial y protegida para el denunciante:
cdchamberi@gmail.com
Es requisito necesario que la persona denunciante aporte un principio de prueba del hecho que denuncia, con el objetivo de evitar denuncias infundadas.
6. COMITÉ ÉTICO
Al objeto de velar por el cumplimiento del Código y recibir, tramitar y resolver las posibles denuncias, el Club designará un Comité que operará como Órgano de Cumplimiento, que estará compuesto por tres miembros (el presidente y dos miembros de la Junta Directiva).
Las notificaciones recibidas a través del Canal Ético serán estrictamente confidenciales y se tratarán de manera rápida, con discreción y profesionalidad. Los miembros del Comité Ético examinarán atentamente la solicitud antes de emitir una respuesta por escrito, informando de las resoluciones adoptadas y de sus conclusiones.
7. INFRACCIONES
Serán consideradas faltas leves cualquier conducta o actividad que vulnere o sea contraria a las obligaciones o prohibiciones establecidas en los apartados del Código de conducta, siempre que no se cause un grave perjuicio a la entidad y no se trate de una cuestión de orden público.
Serán consideradas faltas graves cualquier conducta o actividad que vulnere, o sea contraria a las obligaciones o prohibiciones establecidas en los apartados del Código de conducta, siempre que causen un grave perjuicio a la entidad y no se trate de una cuestión de orden público.
Serán consideradas faltas muy graves cualquier conducta o actividad que vulnere o sea contraria a las obligaciones o prohibiciones establecidas en los apartados del Código de conducta, siempre que causen un grave perjuicio a la entidad y sean cuestión de orden público.
Por regla general, las infracciones al presente Código de Conducta prescriben a los cuatro años, salvo que los comportamientos sean ilícitos administrativos o delictivos, en cuyo caso se estará al plazo de prescripción que se fijen legalmente para cada uno de ellos.
8. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO
Se aplicarán las sanciones previstas en la normativa interna para los diferentes tipos de infracciones en función de su gravedad.
9. ENTRADA EN VIGOR DEL CÓDIGO ÉTICO
El presente código entrará en vigor tras su aprobación por la Asamblea General de Socios.